Micelio
Auto7 de septiembre de 2022

A- de 2022

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Álvarez Bermúdez Martín Alonso·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el actor no la corrigió en los términos indicados en el auto inadmisorio.

Para la Sala Plena de la Corporación resultó evidente que el demandante no logró desvirtuar los fundamentos de la providencia cuestionada, esto es, no demostró que el proveído de rechazo haya incurrido en un yerro, olvido o arbitrariedad al exigir requisitos que no son propios del análisis de admisibilidad.

Con base en lo anterior, decidió CONFIRMAR en su integridad la providencia censurada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR en su integridad el Auto del 16 de agosto de 2022 proferido por la magistrada Natalia Ángel Cabo, que rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Martín Alonso Álvarez Bermúdez contra la expresión "a los usuarios de estratos bajos" contenida en el numeral 87.3 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994.
  2. SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, ARCHIVAR el expediente D-14871.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialAntonio José Lizarazo Ocampo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.